Els encausats al judici del procés
Los 12 acusados en el juicio del procés en el Tribunal Supremo, durante la vista oral (EFE)

Penas de 13 a 9 años de cárcel para el gobierno del 1-O, la presidenta del Parlament y los presidentes de Òmnium y la ANC

Josep Maria CampsActualizado

Los siete jueces encabezados por Manuel Marchena han condenado al gobierno del 1-O, la presidenta del Parlament y los presidentes de Òmnium y la ANC el otoño del 2017 a penas de entre 13 y 9 años de prisión por los delitos de sedición y malversación.

Lo han hecho en la sentencia hecha pública este lunes del juicio del procés que se hizo entre febrero y junio en el Tribunal Supremo y que han tardado más de tres meses en elaborar.
 


Junqueras, la condena más dura

La pena más alta corresponde al exvicepresidente del govern y líder de ERC, Oriol Junqueras, 13 años de cárcel y 13 de inhabilitación absoluta.
Lo siguen los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa, con penas de 12 años de cárcel y 12 de inhabilitación absoluta.

A los cuatro les han condenado por un delito de "sedición en concurso medial" además de un delito de malversación de fondos públicos "agravado por razón de su cantidad".

La expresidenta del Parlament Carme Forcadell ha sido condenada a 11 años y 6 meses de prisión, y 11 años y 6 meses de inhabilitación absoluta por sedición.

Los exconsellers Joaquim Forn y Josep Rull, a 10 y 6 meses de prisión y el mismo tiempo de inhabilitación absoluta también por sedición. A diferencia de Junqueras y los otros consellers, el Supremo no les ha condenado por malversación.

Por su parte, el presidente de Òmnium, Jordi Cuixart, y el expresidente de la ANC Jordi Sánchez, a 9 años de cárcel por sedición y al mismo tiempo de inhabilitación absoluta.


Los exconsellers en libertad, penas menores

Para los otros tres exconsellers, Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila, los que no estaban en prisión preventiva, los han condenado a penas menores por desobediencia.

En concreto, a inhabilitación especial de un año y 8 meses a pagar una multa de 60.000 euros cada uno.
 

Los siete jueces del Tribunal del Supremo que han condenado a los líderes independentistas, con Manuel Marchena en medio

Este es el texto completo de la sentencia, de 493 páginas

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Los hechos que la sentencia considera probados

En una sentencia de 493 páginas, el tribunal de 7 jueces considera que los hechos probados delictivos empiezan el día siguiente de las leyes de desconexión y del referéndum.

Para el Tribunal hay una estrategia concertada para crear apariencia de legalidad y hacer creer a los ciudadanos que el referéndum significaba el inicio de la creación de la república catalana.

Según el Tribunal, las leyes aprobadas por el Parlament establecían, como forma de presión política un repartimiento de funciones entre el Parlament, el gobierno catalán y desde el ámbito civil, destaca la relevante función de los líderes de la ANC y Òmnium.


Declaración "simbólica e ineficaz"

También considera probada que la declaración de independencia fue "simbólica e ineficaz". Según garantizan los jueces, la declaración del 10 de octubre fue el final de una serie de acciones ilegales de los acusados –del Parlament y del gobierno catalán- contrarias a los requisitos establecidos por el Tribunal Constitucional.  

También se considera probado que el Parlament desatendió al Tribunal Constitucional y tampoco hizo caso a los letrados del Parlament.

Sobre el 20 de septiembre, la sentencia critica el dispositivo de los Mossos ante el departamento de Economía: dice que fue reducido y que el único refuerzo fueron los equipos de mediación ante los 40.000 manifestantes.

También considera que no se estableció el perímetro de seguridad que la comisión judicial pedía y que propició que 7 coches de la Guardia Civil acabaran con "importantes destrozos".

Por lo que concierne al 1-O, la sentencia afirma que la ocupación en los colegios con finalidades lúdicas era solo un pretexto para que los centros de votación estuvieran ocupados a primera hora y fuera más difícil su desalojo por parte de la policía.


La Fiscalía pedía 25 años para Junqueras

Hace casi un año, una vez ya convocado el juicio oral, la Fiscalía acusó de rebelión los nueve líderes encarcelados y pidió 25 años para Junqueras y 17 para Forcadell, Cuixart y Sànchez.

Para los exconsellers Forn, Turull, Romeva, Bassa y Rull pidió 16 años de cárcel por haber ejecutado un plan acordado y siendo conscientes de la ilegalidad del procés.
 

Los fiscales Javier Zaragoza y Fiel Cadena, en una sesión del juicio del procés en el Tribunal Supremo.


La Fiscalía les atribuía a todos el liderazgo, con diferente grado de responsabilidad, de un "alzamiento generalizado, salpicado de actos de fuerza, agresión y violencia".

Para los exconsellers Carles Mundó, Meritxell Borràs y Santi Vila solicitó 7 años de prisión y 16 de inhabilitación por los delitos de malversación y "desobediencia continuada grave".

A los otros miembros del govern acusados de rebelión también les atribuyeron malversación. Estas peticiones no variaron a lo largo del juicio oral y se convirtieron en definitivas.


La Abogacía del Estado: de rebelión a sedición

Por su parte, la Abogacía del Estado acusó a los nuevo encarcelados de sedición, con unas peticiones de prisión más bajas: la más alta, 12 años para Oriol Junqueras.

Para los exconsellers de su gobierno Forn, Turull, Romeva, Balsa y Rull solicitó 11 años y medio, 10 para Forcadell y 8 para Cuixart y Sànchez.

Para Borràs, Mundó y Vila, acusados no de sedición, sino de desobediencia y de malversación, solicitó solo un año menos: 7.

 


No-violencia

La Abogacía descartó la rebelión con el argumento de que no había habido violencia, pero sí que aseguró que los miembros del gobierno en prisión preventiva habían "inducido, sostenido y dirigido" la sedición.

Cuixart y Sànchez habrían cometido sedición porque les atribuía la responsabilidad de liderar la movilización social "como medio para la consecución de los fines relativos al incumplimiento de la legalidad".

La expresidenta del Parlament también habría cometido sedición porque no habría hecho caso de "las múltiples advertencias" del Tribunal Constitucional e impulsó las llamadas "leyes de desconexión".


Cambio de abogado del Estado
 

La abogada del Estado, Rosa María Seoane, interviniendo en una sesión del juicio del procés en el Tribunal Supremo


Durante las etapas previas de la instrucción, la Abogacía tenía intención de acusar también de rebelión, pero el paso del gobierno de Rajoy al de Sánchez después de la moción de censura de mayo del 2018 comportó que se rebajara a sedición.

Esta rectificación se produjo después de que Rosa María Seoane sustituyera a Edmundo Val como máximo responsable penal de la Abogacía del Estado.

Como la Fiscalía, la acusación inicial no se modificó durante el juicio y se convirtió en definitiva.


Vox, las peticiones más altas

Las acusaciones más graves y también, con diferencia, las penas de prisión más largas las solicitaba el partido de extrema derecha Vox, personado bajo la figura legal de acusación popular.

A todos los exmiembros del govern, con Junqueras al frente, les atribuía dos delitos de rebelión y uno de organización criminal; por eso solicitaba 74 años de prisión para cada uno.

A los otros tres encarcelados --Forcadell, Cuixart y Sànchez--, los solicitaba 62 años por los mismos delitos. A dos exconsellers, Mundó y Borràs, 24 años por malversación, organización criminal y desobediencia.

Solo en el caso de Santi Vila, el partido de extrema derecha solicitaba menos que la Fiscalía y la Abogacía: multa por desobediencia.

También es el único caso en que al final del juicio oral se modificó la acusación inicial, que también pedía 24 años para Vila.

 

El secretario general de Vox, Javier Ortega, y su compañero Pedro Fernández, interviniendo en una sesión del juicio del procés


Los argumentos de Vox

A los exmiembros del govern, Vox les atribuía la promoción de una consulta "vinculante" que, según dicen, supuso "un claro intento de subvertir el orden constitucional vigente".

El objetivo habría sido "desintegrar la unidad territorial del Estado" y para conseguirlo habrían "lanzado violentamente las masas de ciudadanos catalanes separatistas" contra las instituciones españolas.

Según argumentó Vox, en esta dinámica, la expresidenta del Parlament tuvo "una participación medular, desde los primeros momentos del proceso de independencia".

En cuanto a los presidentes de la ANC y Òmnium, los acusaba de haber promovido "una intensa y violenta movilización ciudadana" y de "alimentar el mito de la independencia" con "argumentos xenófobos y racistas".


"Estridencias" y "conjeturas"

En las argumentaciones durante el juicio, las defensas de los acusados coincidieron en afirmar que todas estas graves acusaciones no estaban basadas en pruebas válidas.

Calificaron las pruebas presentadas por las acusaciones de "estridencias", "conjeturas", "exageraciones" y "algunas mentiras".
 

Andreu Van den Eynde, abogado de Oriol Junqueras, junto a Xavier Melero, abogado de Joaquim Forn, interviniendo en una sesión del juicio del procés


En este sentido, negaron validez jurídica a documentos como "Enfocats" o la famosa agenda Moleskine, y también a la llamada "hoja de ruta" independentista de marzo del 2017.


"El derecho penal del enemigo"

Muchos de los abogados añadieron que los cargos se basaban, de hecho, en el llamado "derecho penal del enemigo", es decir, no el derecho penal vigente, sino el que se aplica a los que no se considera ciudadanos de pleno derecho y sí contrarios a los intereses del Estado.
 

Jordi Pina, abogado de Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, interviniendo en una sesión del juicio del procés en el Tribunal Supremo


También afirmaron que el procedimiento judicial se había iniciado mucho antes del 1-O, en una "causa general" contra el independentismo en que la Fiscalía y la Guardia Civil habrían actuado concertadamente.

Según esta línea de defensa, las acusaciones "habían criminalizado una ideología" y un proyecto político, no unos hechos concretos que se pudieran considerar delictivos.


Derechos fundamentales criminalizados

Y por eso, a las acusaciones, afirmaron las defensas, les había faltado criminalizar también derechos fundamentales, como el de reunión y el de manifestación.
 

Marina Roig, abogada de Jordi Cuixart, interviniendo en el juicio del procés, entre Benet Salellas y Olga Arderiu, abogada de Carme Forcadell


Además del mismo 1-O, el principal ejemplo de esto habría sido el 20S, que las acusaciones presentaron como "un alzamiento" rebelde, cuando solo eran "protestas y manifestaciones".

La inmensa mayoría de las defensas también aseguraron que sus defendidos no habían vulnerado la legislación vigente en ningún momento, y también negaron de que hubiera habido ningún tipo de malversación de dinero público.

 

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