Órganos de gobierno

© Parlament de Catalunya

La Corporació se estructura en dos órganos: el Consejo de Gobierno y el presidente o presidenta, y el Consejo Asesor de Contenidos y Programación.

Consejo de Gobierno

El Consejo de Gobierno es el máximo órgano de gobierno y administración de la CCMA. Se compone de siete miembros, a partir de una lista de candidatos con méritos relevantes que el Parlament de Catalunya envía al Consell de l'Audiovisual (CAC) y sobre los cuales el CAC emite un informe relativo a su idoneidad, que es remitido al Parlament. Finalmente, los consejeros son elegidos por mayoría de dos tercios por la cámara. Si en una primera votación no se obtiene la mayoría de dos tercios, son elegidos por mayoría absoluta en una segunda votación. 

Se reúne en sesión ordinaria como mínimo cuatro veces al mes y también en casos de urgencia a juicio del presidente o presidenta, o cuando lo pida una tercera parte de sus miembros. Los acuerdos del Consejo se adoptan por mayoría de los miembros de derecho, excepto en aquellos casos en que la Ley de la CCMA exige una mayoría cualificada de dos terceras partes. El Consejo de Gobierno puede dotarse de una vicepresidencia, que puede ejercer las funciones delegadas que el presidente o presidenta considere pertinentes. 

El mandato de los miembros del Consejo tiene una duración de seis años. Entre sus competencias, que se describen en el artículo 11 de la Ley de la CCMA, hay establecer las directivas para que la programación cumpla la misión de servicio público que tiene encomendada, de acuerdo con el contrato programa, y aprobar el anteproyecto de presupuesto, la propuesta de contrato programa, el plan de actividades, la memoria anual, las directrices sobre las emisiones de publicidad, las plantillas, las retribuciones de personal y el organigrama, tanto de la Corporación como de sus empresas, atendiendo a criterios de igualdad entre hombres y mujeres.

El presidente o presidenta

El presidente o presidenta del Consejo representa a la CCMA en toda clase de actos públicos ante el Parlament de Catalunya, el Govern de la Generalitat y las instituciones representativas. Ejerce la dirección ejecutiva ordinaria de la Corporación y vela para que se ejecuten las decisiones que toma. 

Entre otras funciones, el presidente o presidenta convoca y preside las sesiones del Consejo, y dirime, con su voto de calidad, las votaciones en las que se produce un empate. Además, responde a las preguntas de la Comisión de Control Parlamentario y requiere al Consejo Asesor de Contenidos y de Programación los informes preceptivos y los que considera pertinente solicitarle. 

Actúa como órgano de contratación de la Corporación, autoriza los pagos y gastos y, junto con los otros miembros del Consejo, elabora la propuesta del contrato programa. También garantiza que la programación se ajuste a las directrices aprobadas por el Consejo, nombra y separa el personal directivo, y propone las plantillas, los organigramas y el régimen de retribución, tanto de la Corporació como de las empresas filiales. La elaboración de la memoria anual, del plan de actividades y de los planes de actuación del grupo es también parte de sus funciones.

El Consejo Asesor de Contenidos y de Programación

Es el órgano asesor de la CCMA en materia de programación y de contenidos. Asiste al Consejo de Gobierno y al presidente o presidenta en la definición y evaluación de las políticas y las estrategias de programación de los diversos medios y servicios de la Corporació.

Es integrado por dieciséis miembros, elegidos por el Parlament por mayoría de dos tercios, entre personas de prestigio reconocido, las cuales representan la pluralidad de la sociedad catalana. Como mínimo, tienen que estar representados los sectores profesionales, educativos, las asociaciones cívicas, culturales y de usuarios, y los trabajadores de la CCMA. El mandato de sus miembros debe renovarse cada cuatro años.

Financiación

El presupuesto de la CCMA tiene que ajustarse al que fijan la Ley de presupuestos, a la Ley de finanzas públicas de Catalunya y también a las singularidades que establece la propia ley de la CCMA. Tiene que elaborar y gestionar de acuerdo con los principios de equilibrio presupuestario. Una vez enviado al Gobierno catalán, el anteproyecto de presupuesto de la Corporació y de las empresas filiales será integrado en el Proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat de Catalunya.

La necesidad de definir explícitamente la función de servicio público de la CCMA, junto con su situación económica y financiera, llevó al Parlament de Catalunya a considerar que hacía falta garantizar un marco de financiación estable y de saneamiento económico para los medios de la CCMA basado en un contrato programa plurianual que especificara los objetivos.

La financiación del Ente y de las filiales va a cargo del Presupuesto General de la Generalitat, a través de aportaciones o créditos, y mediante los ingresos y rendimientos de sus actividades. Así, las empresas filiales pueden cofinanciarse a través de la comercialización de sus productos y, de forma limitada, a través de la participación en el mercado publicitario. La gestión presupuestaria y financiera de la CCMA y de las empresas filiales está sometida, periódicamente, a sistemas de control parlamentario.